COMPLEMENTA TU PENSION SIN ABANDONAR TU HOGAR
¿Qué es la nuda propiedad?
Cuando somos propietarios de una vivienda disponemos del pleno dominio de la misma, éste se compone de:
- Derecho de la nuda propiedad (título de propiedad).
- Derecho del usufructo vitalicio (usar y disfrutar de la vivienda para siempre).
Por lo tanto, con la venta de la nuda propiedad usted mantiene el uso y disfrute de la vivienda mientras que, adicionalmente percibiría un único pago o una cantidad mensual con la que complementar su pensión.
¿Qué importe recibiré por vender la nuda propiedad de mi vivienda?
El importe dependerá del valor de mercado del inmueble y de la edad del propietario de la nuda propiedad. A mayor edad, mayor importe percibirá.
Ventajas para el vendedor
- Los vendedores únicamente asumirán las cuotas ordinarias de la comunidad, recibos de suministros y tasa municipal de residuos urbanos, ahorrando por tanto cualquier otro gasto extraordinario que pudiera surgir, como pueden ser las derramas extraordinarias.
- Si realizan la operación sobre su vivienda habitual, se beneficiará de la exención total en el IRPF respecto a la ganancia patrimonial.
- El vendedor no abonará ninguna clase de gastos por esta transacción como pueden ser gastos de notaria, registro de la propiedad y gestoría.
- Cabría la posibilidad de alquilar la vivienda beneficiándose de las rentas obtenidas.
- Para una mayor tranquilidad, las escrituras y condiciones particulares serán concretadas y firmadas ante notario.